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A continuación, se detallan los cambios que se verán a partir del 1 de julio de 2018, es importante actualizar el programa y revisar ficheros para que se apliquen dichos cambios.
En la pantalla de configuración del SII se cambia la versión, que pasa a ser la 1.1
Versión 1.1
Se añade un nuevo medio de cobro en la pantalla de pagos/cobros y en la gestión de Pagos/Cobros de Criterio de Caja en el SII de SB.
Nuevo método de cobro
Nuevo método de cobro
También tendremos visibles, en los periodos de liquidación, los trimestres.
Trimestres
Se añade una nueva clave de factura en el libro registro de facturas recibidas, denominada “LC”: "Aduana – Liquidación complementaria”
LC: Aduana – Liquidación complementaria
Se añaden dos marcas para identificar:
•Dentro de las claves propias de facturas completas, a las facturas simplificadas “cualificadas” (son simplificadas, pero identifican al destinatario de acuerdo con los apartados 2 y 3 del artículo 7 del RD 1619/2012).
•Dentro de las claves de facturas simplificadas, a las facturas completas en las que no es obligatorio identificar al destinatario (son las previstas en el artículo 6.1.d) del RD 1619/2012). Por ejemplo, un no establecido que realiza ventas a distancia.
Casillas identificativas de otro tipo de facturas
Se permite el desglose del importe exento en función de las distintas causas de exención que pasan a ser compatibles.
desglose importe exento
Se ha añadido un nuevo campo Referencia Externa: texto de libre formato que se puede utilizar para identificar ciertas facturas.
Campo Referencia Externa
Se ha añadido Entidad Sucedida: el objetivo es identificar los registros de facturación realizados por una entidad en su condición de sucesora de otra entidad por operaciones de reestructuración societaria.
Campo Entidad Sucedida
Se ha añadido un campo nuevo para aquellas facturas que se manden fuera de plazo por el desconocimiento de la inclusión de la empresa en el Grupo de Grandes Empresas o REDEME
Casilla Inclusion en Grandes Empresas o REDEME
Se recomienda la lectura del pdf de Hacienda en el que se dan todos los detalles sobre este cambio y cuyo enlace es el siguiente: